Recuperación de la Nacionalidad conforme al artículo 116 (párrafo 2) de la Ley Fundamental (GG)

Se aplican leyes especiales a los antiguos ciudadanos alemanes que fueron privados de su ciudadanía alemana entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945 por motivos políticos, raciales o religiosos. Estas leyes también se aplican a los descendientes de estos antiguos ciudadanos.

En 2020, el Tribunal Constitucional Federal (Bundesverfassungsgericht) interpretó en sentido amplio el término «descendiente» en el sentido del artículo 116, párrafo 2, de la Ley Fundamental (GG).

1 ¿Qué dice el párrafo 2 del artículo 116 de la Ley Fundamental (Art. 116.2 GG)?

El párrafo 2 del artículo 116 de la Ley Fundamental (GG) está vigente desde la entrada en vigor de la Ley Fundamental de 23 de mayo de 1949. Regula las solicitudes de naturalización de los antiguos ciudadanos alemanes que fueron privados de su nacionalidad por motivos políticos, raciales o religiosos entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945. En consecuencia, a estos antiguos ciudadanos y a sus descendientes en línea directa se les concederá de nuevo la ciudadanía previa solicitud. Además, la ley estipula que serán tratados como si nunca hubieran sido privados de su ciudadanía si establecieron su residencia en Alemania después del 8 de mayo de 1945 y no manifestaron ninguna intención en sentido contrario. La ley crea una base para que las víctimas de la persecución nacionalsocialista recuperen la ciudadanía alemana. La ley también se aplica a los descendientes de estas víctimas, que pueden hacer valer su propia reclamación.

2 ¿Cuál es el trasfondo jurídico e histórico del art. 116 párrafo 2 de la Ley Fundamental (art. 116 II GG)?

Durante la época nacionalsocialista, se aprobaron dos leyes principales que condujeron a la pérdida de la ciudadanía alemana. La primera fue una ley de 1933 en la que se enumeraban los nombres de determinadas personas y se publicaban en el boletín oficial legislativo del Reich alemán (Reichsgesetzblatt.) La ley de 1933 condujo a la «pérdida forzosa de la nacionalidad» de las personas nombradas.

La segunda ley, que entró en vigor el 25 de noviembre de 1941, fue la «Undécima Ordenanza de la Ley de Ciudadanía del Reich». Esta ley afectó a muchas más personas que a los nombrados en las listas de los boletines con « pérdida forzosa de nacionalidad». Según esta ley, todo ciudadano judío alemán que viviera fuera de Alemania en el momento de la entrada en vigor de la ley quedaba automáticamente privado de la ciudadanía alemana. Con ello, todos los judíos que habían abandonado Alemania antes de la guerra o poco después de que comenzara perdían automática e inmediatamente su ciudadanía alemana con la entrada en vigor de la ley.

En la Alemania de posguerra, el gobierno aprobó leyes para corregir la pérdida de la ciudadanía bajo el régimen nazi. El párrafo 2 del artículo 116 de la Ley Fundamental (GG) prevé la restitución de la ciudadanía alemana a los antiguos ciudadanos alemanes que fueron privados de la misma por «motivos políticos, raciales o religiosos» en el periodo comprendido entre el 30 de enero de 1933 y el 8 de mayo de 1945. Esta ley también se aplica a los descendientes de estas víctimas.

3 ¿Quién se considera descendiente y tiene derecho en virtud del párrafo 2 del artículo 116 de la Ley Fundamental (Art. 116 II GG)?

Cualquier descendiente en línea directa puede reclamar la nacionalidad alemana si tiene un antepasado que fue privado de la nacionalidad alemana. Esto incluye a todos los descendientes de la primera generación, pero también a otros descendientes de dichas personas con derecho. Si se cumplen los requisitos, cada descendiente tiene un derecho individual. Por lo tanto, por ejemplo, un nieto puede presentar una solicitud aunque uno de sus padres o abuelos decida no presentarla. En consecuencia, la segunda, tercera, cuarta e incluso quinta generación de descendientes también puede solicitar la nacionalidad alemana de conformidad con el artículo 116 II de la Ley Fundamental (GG).

Con la sentencia del Tribunal Constitucional Federal (Bundesverfassungsgericht) de 20 de mayo de 2020 (2BvR 2628/18), el término «descendientes» se amplió y ahora también incluye:

  • hijos legitimos nacidos dentro del matrimonio antes del 1 de abril de 1953 cuyas madres fueron privadas de su ciudadanía alemana por la fuerza y de padres extranjeros, así como
  • hijos ilegítimos nacidos antes del 1 de julio de 1993 cuyos padres que fueron privados de su ciudadanía alemana por la fuerza y de madres extranjeras.

4 ¿En qué consiste exactamente la sentencia del Tribunal Constitucional Federal (Bundesverfassungsgericht) de 2020?

Debido a la sentencia del Tribunal Constitucional Federal ( Bundesverfassungsgerichts ) de 20 de mayo de 2020 (decisión nº 2BvR 2628/18) el término «descendiente» en el sentido del artículo 116, párrafo 2, de la la Ley Fundamental (GG) se interpreto de forma más amplia que antes. El tribunal determinó que los descendientes también incluyen a los siguientes grupos:

  • hijos legítimos nacidos antes del 1 de abril de 1953 de madres que fueron privadas por la fuerza de su ciudadanía alemana y padres extranjeros, y
  • hijos ilegítimos nacidos antes del 1 de julio de 1993 cuyos padres fueron privados de su ciudadanía alemana por la fuerza y de madres extranjeras.

Antes de esta sentencia, muchas personas no tenían derecho a la nacionalidad en virtud del párrafo 2 del artículo 116 de la Ley Fundamental (GG) porque no podían responder afirmativamente a la siguiente hipotética pregunta: Si el solicitante principal de una petición de naturalización no hubiera perdido la nacionalidad alemana, ¿habrían adquirido sus descendientes la nacionalidad alemana por nacimiento en virtud de la Ley de Nacionalidad Alemana (entonces) aplicable?

Aunque este grupo de personas sí podía presentar entonces una solicitud de naturalización discrecional en virtud del § 14 de la StAG hasta la sentencia de 2020, este procedimiento imponía requisitos adicionales a los solicitantes, como el conocimiento de la lengua alemana. La sentencia del tribunal de 2020 abrió la puerta a las solicitudes de nacionalidad alemana en virtud del artículo 116, párrafo 2, de la Ley Fundamental (GG), en lugar del procedimiento discrecional más complejo del § 14 StAG. Además, el artículo 116.2 de la Ley Fundamental (GG) está consagrado en la Ley Fundamental alemana (Grundgesetzt)

El Tribunal Constitucional Federal es el más alto tribunal, por lo que esta definición ampliada está ahora establecida en la legislación alemana. Como resultado, un mayor número de personas pueden solicitar la ciudadanía en virtud del artículo 116 (2) de la Ley Fundamental (GG). Con esta sentencia los solicitantes que no obtuvieron la ciudadanía con anterioridad, pueden reevaluar sus solicitudes a la luz de esta definición ampliada. La sentencia también puede afectar a los solicitantes que tengan una solicitud pendiente en virtud del § 14 de la StAG.

5. He oído que ya en agosto de 2019 se aprobaron nuevas normas sobre ciudadanía. ¿Qué es lo que ha cambiado?

En los últimos años, ha habido muchos cambios en la legislación alemana sobre ciudadanía en relación con la persecución nacionalsocialista. A partir de 2016, debido a acontecimientos políticos como el «Brexit» en el Reino Unido y la acalorada política en muchos otros países, el número de consultas de personas que deseaban solicitar la ciudadanía alemana aumentó significativamente. Como resultado, el Ministerio del Interior del estado alemán emitió dos nuevos decretos en 2019 que aclaraban y ampliaban el derecho a la ciudadanía alemana. En particular, estos decretos también incluían a los descendientes de personas que perdieron su ciudadanía debido a la persecución nacionalsocialista. Entre otras cosas, los reglamentos de 2019 llevaron a la aplicación de la cuarta enmienda a la Ley de Ciudadanía (StAG) en 2021, que introdujo un nuevo art. § 15 StAG. Este párrafo abrió el camino hacia la ciudadanía alemana también a las víctimas y sus descendientes que no tenían derecho en virtud del artículo 116 II de la Ley Fundamental (GG). Además, una decisión del Tribunal Constitucional Federal de 2020 interpretó en sentido amplio la definición del término «descendiente» en relación con el artículo 116 II de la Ley Fundamental. Todos estos cambios han abierto el camino hacia la ciudadanía alemana a muchas personas.

6. ¿Cuál era el objetivo de todos estos cambios relacionados con la ciudadanía alemana por motivos de reparación?

En primer lugar, el Gobierno federal alemán reconoce su responsabilidad histórica por la persecución nacionalsocialista y, por lo tanto, ha creado un derecho legal para la restitución de la ciudadanía alemana. El aumento de las solicitudes de restitución de la ciudadanía alemana desde 2016 ha puesto de manifiesto algunas injusticias. Por lo tanto, la restitución de la nacionalidad a modo de reparación para los descendientes de las víctimas de la persecución nacionalsocialista fue la razón principal de estas normas y decretos. Muchos solicitantes que antes de estos cambios no podían optar a la ciudadanía ahora tienen derecho a solicitarla, en particular a través de la ascendencia materna o si nacieron fuera del matrimonio.

7. Parece que no cumplo los requisitos del artículo 116, párrafo 2, de la Ley Fundamental. ¿Existen otras disposiciones?

Con la cuarta ley de modificación de la Ley de Nacionalidad Alemana, de 20 de agosto de 2021, se creó un nuevo derecho a adquirir la nacionalidad alemana para las personas que no tienen derecho a ello en virtud del artículo 116 II de la Ley Fundamental. Si su caso no entra dentro del artículo 116 II de la Ley Fundamental (GG), entonces debería consultar el § 15 de la StAG.

TEXTO DE DESCARGO DE RESPONSABILIDAD

Obtener la ciudadanía alemana es complejo y, por supuesto, cada situación es única, y gestionar los requisitos legales y el proceso de solicitud es complejo. Estas preguntas frecuentes no sustituyen ni constituyen asesoramiento legal.

ELLEN VON GEYSO, P.A.

Ellen von Geyso, J.D., LL.M.
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